El Tribunal Supremo establece que solo cabe expulsar a los extranjeros condenados por delitos cuya pena mínima supere el año de prisión
Fecha: 2018-06-08
(fuente : TS - Comunicación Poder Judicial )
Al existir sentencias contradictorias de los TSJ de distintas comunidades autónomas, la Sala establece cómo tiene que interpretarse el artículo 57.2 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social (LOEX)