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ACUERDO por el que se aprueba el Plan de Medidas Urgentes para la Prevención de la Violencia de Género.

Fecha: 2004-05-11

(fuente: Consejo de Ministros)

El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta de los Ministerios de Justicia, del Interior y de Trabajo y Asuntos Sociales, el Plan de Medidas Urgentes para la Prevención de la Violencia de Género. Este Acuerdo es previo a la tramitación por vía parlamentaria del Proyecto de Ley Orgánica Integral contra la Violencia de Género.

Las principales medidas que figuran en este Plan son las siguientes, distribuidas por Departamentos ministeriales:

Ministerio de Justicia (actuaciones del Ministerio Fiscal)

Interesar del Fiscal General del Estado que, atendiendo a las circunstancias de cada caso, adopte cuantas medidas puedan estimarse precisas y oportunas en el ámbito de su competencia y de sus funciones para extremar la vigilancia y la preservación de los derechos de las víctimas en el ámbito de los procesos que se instruyan y que afecten a delitos o faltas relacionados con la violencia de género contra alguna de las personas comprendidas en el artículo 173.2 del Código Penal, incluyendo, entre otras, las que a continuación se proponen:

Que se considere prioritaria la persecución de los delitos relacionados con la violencia de género.

Que se preste especial atención a la adopción de medidas cautelares dirigidas a la suspensión, en los casos más graves, del régimen de visitas a los hijos establecido a favor del agresor.

Que, en caso de quebrantamiento de las órdenes de alejamiento, sea instada la inmediata detención y puesta a disposición judicial del infractor como posible autor del delito de quebrantamiento de medidas y se le podrá aplicar la prisión provisional.

Que se fortalezcan los mecanismos de cooperación entre el Ministerio Fiscal y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, con el fin de elaborar un mapa de riesgo para la coordinación de actuaciones de prevención e intervención rápida.

Que se elabore un protocolo de denuncia que favorezca un modelo normalizado e integral de denuncias para un mejor conocimiento de la compleja situación personal y familiar, tanto de la víctima como del agresor, y que permita incorporar información completa sobre la situación física y el estado psíquico de los menores relacionados.

Ministerio del Interior

Aumentar las plantillas de las unidades especializadas en la asistencia y protección de la mujer dentro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Estas son las Unidades de Prevención, Asistencia y Protección contra los malos tratos a la mujer (UPAP), integradas por funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía, y las EMUME, o Equipos para hacer frente al incremento de delitos contra las mujeres, integrados en las unidades de Policía Judicial de cada Comandancia y Comarcales de la Guardia Civil.

Estas unidades se aumentarán en 200 y 250 efectivos del Cuerpo Nacional de Policía y de la Guardia Civil, respectivamente. A tal fin se realizarán campañas de divulgación del funcionamiento de estas unidades entre los funcionarios policiales y se ofrecerán dichas plazas a funcionarios que se encuentren en situación de segunda actividad.

Se potenciará la colaboración entre el Ministerio del Interior y la Federación Española de Municipios y Provincias, a través del Convenio Marco de Colaboración, para que los Cuerpos de Policía Local participen de forma más coordinada y eficaz en la vigilancia y cumplimiento de las órdenes de protección dictadas por la Autoridad Judicial. A tal efecto, se elaborará un Protocolo de coordinación que afecte, fundamentalmente, a las Autoridades Judiciales, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y Policías Locales y, en su caso, Policías Autonómicas, que establezca el procedimiento que garantice una mayor eficacia.

El Gobierno remitirá a los Delegados y Subdelegados del Gobierno una Circular estableciendo las actuaciones que con carácter prioritario y urgente deben adoptarse en orden a la ejecución de medidas urgentes en la lucha contra la violencia de género.

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Mediante Circular de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal-INEM, se establecerán, respecto del ámbito de competencias del Estado, nuevos criterios sobre colectivos prioritarios de las políticas activas de empleo, a fin de incluir en los mismos a las víctimas de violencia de género.

Respecto de las Comunidades Autónomas con transferencias en materia de políticas activas de empleo, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales pondrá en marcha mecanismos de cooperación, como contratos-programa y Conferencia Sectorial, a fin de dar prioridad a las víctimas de violencia de género en la participación en los programas de fomento del empleo.

La Secretaría de Estado de Asuntos Sociales, Familia y Discapacidad asumirá, a través del IMSERSO, la cobertura del servicio de teleasistencia a las víctimas de la violencia de género que cuenten con orden de protección. A tales efectos, el IMSERSO ampliará el Convenio de Servicio de Teleasistencia firmado con la Federación Española de Municipios y Provincias para proporcionar esta cobertura.

Se ampliará la cobertura de la Renta Activa de Inserción al colectivo de víctimas de violencia de género, con el fin de que reciban, con carácter preferente, acciones de inserción laboral, la prestación económica de 345 euros mensuales durante diez mensualidades y la ayuda en pago único para cambio de residencia en cuantía equivalente a tres mensualidades de la prestación por Renta Activa de Inserción. Si la víctima tiene orden de protección, la prestación económica se percibe desde el momento de la solicitud, a diferencia del resto de los beneficiarios, que deben esperar tres meses.