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Renovaciones de certificados ACA.

Fecha: 2020-05-11

(fuente: CGAE)

IMPORTANTE: Teniendo ya constancia de que el próximo 21 de junio finaliza el estado de alarma, os recordamos que los suscriptores a los que les aplique la condición de que hayan transcurrido más de 5 años desde su personación y que no hayan realizado la renovación, no podrán hacerlo de forma on-line a partir de la fecha de la finalización del estado de alarma. Es decir, se restaura la aplicación nuevamente del requisito de la Ley 59/2003 de firma electrónica en su articulo 13.4 cuando finalice el estado de alarma.

Renovaciones de certificados   ACA

IMPORTANTE: Teniendo ya constancia de que el próximo 21 de junio finaliza el estado de alarma, os recordamos que los suscriptores a los que les aplique la condición de que hayan transcurrido más de 5 años desde su personación y que no hayan realizado la renovación, no podrán hacerlo de forma on-line a partir de la fecha de la finalización del estado de alarma. Es decir, se restaura la aplicación nuevamente del requisito de la Ley 59/2003 de firma electrónica en su articulo 13.4 cuando finalice el estado de alarma.

Para evitar tener que realizar las renovaciones de forma presencial, SE ACONSEJA A LOS COLEGIADOS/AS que estén en periodo de renovación, que realicen la operativa de la renovación on-line antes del día 21 de junio.

 

 

Durante los dos próximos meses, mayo y junio, hemos comprobado que habrá un alto volumen de renovaciones de certificados de colegiados. Por tal motivo, os hacemos llegar esta información:

Se encuentra a disposición de todos los usuarios de certificados ACA, la renovación online de los certificados digitales, que en estos momentos se hace de vital importancia, dada las dificultades de desplazamiento por aplicación del Real Decreto 463/20202, de 14 de marzo, por el que se declaró el estado de alarma.

Os recordamos el enlace en donde se encuentra la aplicación de renovación online:

https://www.abogacia.es/site/aca/plan-de-renovacion-aca-2016/ 

Las principales consideraciones a tener en cuenta son las siguientes:

• Debido a la gran cantidad de renovaciones que van a tener lugar en los próximos 2 meses, se ha modificado el periodo de renovación y a partir de ahora los certificados se podrán renovar con la herramienta 60 días antes de que caduquen, en vez de los 30 actuales. La renovación se hace descargando la aplicación disponible tanto para Windows como para MAC y el certificado tiene que encontrarse en vigor.

• Desde la Autoridad de Certificación de la Abogacía, se envía de forma automática dos correos de aviso, espaciados en el tiempo, de la próxima caducidad del certificado a cada usuario. Adicionalmente, estamos realizando un seguimiento de los certificados pendientes de renovar que caducan en la misma semana y estamos enviando una comunicación personalizada para asegurarnos de que renuevan el certificado ACA antes de que se les caduque. (SE ENVÍA EL AVISO AL CORREO ELECTRÓNICO QUE FIGURA EN EL CERTIFICADO DE LA TARJETA ACA)-

 

 

 

Atentamente,
ACA - Autoridad de Certificación de la Abogacía

SOPORTE TÉCNICO     91 150 10 03       93 014 10 01

 

 

¿CÓMO SÉ CUÁNDO CADUCA MI CERTIFICADO?

SOPORTE TÉCNICO     91 150 10 03       93 014 10 01