ICAGI

NUEVO REGLAMENTO UE 2024/1624

Fecha: 2024-06-26

(fuente: ICAGI)

NUEVO REGLAMENTO UE 2024/1624

El pasado día 19 de junio se publicó el  Reglamento (UE) 2024/1624 que marca un avance significativo en la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo en la Unión Europea y que será aplicable a partir del 27 de julio de 2027. Este Reglamento ha establecido nuevas Obligaciones de Blanqueo de Capitales

El Reglamento busca reforzar los mecanismos de prevención y detección de actividades ilícitas en la Unión Europea, incluye una ampliación del listado de sujetos obligados, nuevas reglas sobre la titularidad real, y establece nuevas obligaciones de organización interna para asegurar el cumplimiento normativo.

Ampliación del Listado de Sujetos Obligados

El Reglamento 2024/1624 amplía la lista de entidades y profesionales que deben cumplir con las obligaciones de AML/CFT. Entre los nuevos sujetos obligados se incluyen:

Proveedores de servicios de criptoactivos, Plataformas de crowdfunding; Intermediarios de créditos inmobiliarios y al consumo no financieros; Operadores que gestionen permisos de residencia en la UE para terceros países; Comerciantes de bienes de gran valor: Incluye aquellos que venden joyas, relojes, vehículos de lujo, aviones y barcos con valores superiores a los 250.000 € y 7.500.000 €, respectivamente; Equipos de fútbol profesionales.

Nuevas Reglas sobre Titularidad Real

El Reglamento introduce detalladas disposiciones para la identificación del titular real de las personas jurídicas. Esto busca facilitar a las entidades obligadas la identificación de los beneficiarios últimos, especialmente en estructuras corporativas complejas. La normativa especifica el tipo de información necesaria para esta identificación y exige la inscripción de la titularidad real en el Registro Central de Titularidades Reales, asegurando así una aplicación armonizada en toda la UE.

Normas de Organización Interna: AML Manager y AML Officer

Una de las principales novedades es la obligación de designar a un AML Manager y un AML Officer:

AML Manager: Debe ser un miembro del consejo de administración, encargado de asegurar el cumplimiento de las normativas de AML/CFT.

AML Officer: Designado por el órgano de dirección, responsable de implementar políticas, procedimientos y controles diarios. Este oficial será el punto de contacto con las autoridades competentes.

Estas medidas buscan garantizar que las entidades obligadas cuenten con una supervisión y gestión efectiva del cumplimiento normativo.

Aplicación de Medidas de Diligencia Debida (Importante para los Abogados)

El Reglamento también impone obligaciones adicionales a Notarios, Abogados y otros profesionales del derecho, que ahora deben aplicar medidas de diligencia debida tanto a sus clientes como a las otras partes de la operación cuando sean los únicos profesionales intervinientes. En el caso de los agentes inmobiliarios, deberán considerar clientes a ambas partes en la transacción, asegurando así una mayor transparencia y control.

 

Os recordamos que el Colegio de la Abogacía de Gipuzkoa ha firmado un Convenio con LEX PROGRAM ONLINE con sustanciales descuentos, para los Despachos de Gipuzkoa que estén obligados a instalar un canal de denuncias por la normativa de Blanqueo de Capitales.